Constitución de sociedades en Laguna de Duero

Sociedades

En María Ángeles Anciones Ferreras Notario encontrará a su notario para sociedades de confianza en Laguna de Duero. Somos un despacho experto en la constitución de sociedades, entre otras especialidades.

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Crear sociedades

El derecho español regula diversas clases de sociedades, las cuales necesitan para su constitución el otorgamiento de escritura pública ante notario. Además, desde la notaría se facilitan todos los trámites previos (obtención de la denominación social) o posteriores (CIF, inscripción en el registro mercantil, etc.).

La empresa se puede ejercer como persona física (autónomo) o como sociedad, normalmente de capital (limitada o anónima). Lo más frecuente en la práctica es la creación de una sociedad limitada, que exige escritura pública e inscripción en el registro mercantil. Con ello, la sociedad tiene personalidad independiente y el socio no responde con su patrimonio personal de las deudas empresariales.

Como paso previo para la constitución de una sociedad limitada hay que obtener el nombre de la sociedad (denominación social) en el registro mercantil central, un certificado bancario si las aportaciones son en metálico, y los estatutos sociales.

Firmada la escritura, se obtiene el CIF provisional, se liquida el impuesto (actualmente exento) y se envía a su inscripción en el registro mercantil. Desde la notaría se facilita la realización de todos los trámites y gestiones descritos.

No obstante hay formas especiales para constituir sociedades y tipos especiales (sociedad laboral, profesional, etc.), para lo que resulta recomendable ponerse en contacto con la notaría.

Liquidación de sociedades

Liquidar gananciales:
La sociedad de gananciales se extingue de forma simultánea al matrimonio en el divorcio alcanzado de mutuo acuerdo pero exige liquidar el régimen económico, analizando los bienes incluidos en la masa ganancial, las deudas y cómo hacer el reparto. Por eso es tan importante contar con la ayuda de un notario.

Cuando se disuelve el matrimonio (bien por fallecimiento de uno de los cónyuges, bien en caso de divorcio) es necesario disolver y liquidar el régimen matrimonial. Como el régimen legal es la sociedad de gananciales es frecuente otorgar la escritura de liquidación de sociedad de gananciales.

En esta escritura se hace un inventario de los bienes gananciales, se procede a su valoración, se cuantifican las deudas y se hace el reparto por mitad.
El régimen fiscal de la liquidación de la sociedad de gananciales es muy beneficioso, al ser en principio una operación neutra, exenta del pago de impuestos.