Escrituras notariales en Laguna de Duero
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Compraventa
La compra de una vivienda es la inversión más importante que la mayoría de los ciudadanos realizará. El notario garantiza la legalidad de la transacción e informa al comprador de todos los aspectos que afectan a la vivienda adquirida (situación de cargas en el registro, pago de impuestos como el IBI, gastos de comunidad, catastro, etc.).
La compraventa de inmuebles es uno de los actos más importantes en la vida económica familiar, al adquirir la vivienda habitual de una familia o bien como operación de inversión.
¿Qué documentos debe aportar? La escritura de propiedad del inmueble; certificación catastral; último recibo de contribución (para acreditar el pago del IBI); certificado de gastos de la comunidad de propietarios; y documentación relativa al pago, para acreditar cómo se hace el mismo. No obstante, en función del tipo de compraventa (de finca rústica, de VPO, etc. Se pueden exigir requisitos adicionales).
Una vez otorgada la escritura de compraventa es necesario realizar una serie de trámites y gestiones, que se pueden facilitar desde la notaría: pago de impuestos, inscripción en el Registro de la Propiedad, etc.
Donaciones
Donar bienes o dinero es un acto de disposición gratuito para el que conviene tener en cuenta la normativa fiscal (si hay bonificaciones o no, la repercusión en el impuesto sobre la renta). Es necesario asesorarse sobre todas las consecuencias de este acto.
La Comunidad de Madrid ha impulsado la práctica eliminación del impuesto sobre donaciones para los supuestos de que quién recibe la donación sea descendiente o ascendiente del donante.
Los donatarios incluidos en cualquiera de estos grupos tendrán derecho a aplicarse una bonificación del 99 por 100 de la cuota del impuesto sobre donaciones, de modo que sólo tendrán que ingresar el 1 por 100 de la cuota tributaria.
Para la aplicación de esta bonificación será necesario que la donación se documente en documento público. Además, cuando la donación sea en metálico, será necesario que el origen de los fondos donados esté debidamente justificado.
No obstante, la bonificación solo se aplica en el impuesto de donaciones y no en otros impuestos, como el IRPF o la “plusvalía municipal”, con lo cual en caso de donación de inmuebles conviene hacer un estudio previo de la fiscalidad de la operación.
Nombramiento de tutor
Tener un hijo es una de las decisiones más importantes en la vida de una persona y el nombramiento de un tutor para que le cuide en caso de fallecimiento no debería de serlo menos. Consiga el mejor asesoramiento y realice las gestiones pertinentes con un notario de confianza.
Los padres pueden en testamento o documento público notarial nombrar tutor, establecer órganos de fiscalización de la tutela, así como designar las personas que hayan de integrarlos u ordenar cualquier disposición sobre la persona o bienes de sus hijos menores. El nombramiento de tutor es frecuente, por ejemplo, en matrimonios o parejas jóvenes que quieren prever quién se hará cargo de los niños en caso de que falten los dos (por ejemplo, por un accidente de tráfico u otra eventualidad).
Asimismo, la ley permite la autotutela o autonombramiento de tutor preventivo o poderes preventivos en previsión de ser necesitar medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica en el futuro, por ejemplo, en caso de enfermedades degenerativas como el Alzheimer.
En todo caso, el nombramiento de tutor, que en última instancia corresponde al juez, debe comunicarse al Registro Civil.
Constitución de patrimonio protegido
Figura introducida por la ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad, supone la 6.ª creación de una masa separada de bienes con administración independiente que beneficia al discapacitado fiscalmente y también en cuanto a reducir su aportación económica para el pago de servicios sociales, puesto que lo aportado a dicho patrimonio no computa para el cálculo de la citada aportación. Se presenta como alternativa o complemento para proteger patrimonialmente al discapacitado.
El notario redacta el instrumento público y, asimismo, interviene las pólizas; informa a las partes del valor y alcance de su relación (asesoramiento legal y fiscal) y presta asistencia especial al otorgante necesitado de ella, en especial a menores y discapacitados.
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Poderes
Los poderes notariales son documentos mediante los cuales una persona natural o una persona jurídica delegan en otra, u otras, la responsabilidad de actuar en su nombre en determinadas materias. Para conceder un poder a otra persona y que de este modo le represente en un acto o contrato, basta con aportar los datos del apoderado y especificar las facultades que se quieren delegar.
En caso de un poder para pleitos, es necesario además identificar a los procuradores y letrados a los que se quiere conceder la representación procesal. Si es un poder de una sociedad de capital, debe inscribirse en el registro mercantil.
Pólizas mercantiles
La financiación de las empresas depende en parte del crédito bancario y los contratos de activo (préstamos, créditos, líneas de descuento, confirming, leasing o renting) se firman ante notario. La empresa tiene derecho a elegir notario.
El notario también interviene pólizas de contratos mercantiles de financiación propios del tráfico bancario.
La mayoría de los instrumentos de financiación de las empresas (préstamos, líneas de crédito, pólizas de descuento, confirming, leasing, renting, etc.) suelen intervenirse notarialmente.
El arancel de las pólizas es de máximos.